Fiscalización minera

La fiscalización de la producción minera es un procedimiento esencial de gobernanza para monitorear el sector extractivo. En el 2016, el Ministerio de Energía y Minas estableció el Protocolo Técnico para visitas de fiscalización, seguimiento y control de concesiones de exploraciones y explotaciones mineras y plantas de beneficio (Resolución R-MEM-REG-00010-2015). https://mem.gob.do/transparencia/images/docs/base_legal/RESOLUCION_R-MEM-REG-00010-2015.pdf

Las actividades de fiscalización se realizan para verificar el cumplimiento de las obligaciones contractuales según criterios y parámetros de seguimiento acordados, con una frecuencia establecida en el protocolo según etapa del ciclo minero.

  • Etapa de Instalación y Apertura: al menos 1 visita cada 2 meses
  • Etapa de Exploración de Conformidad: al menos 1 visita cada 4 meses
  • Etapa de Explotación y Desarrollo: al menos 1 visita cada 3 meses

Las visitas de campo son llevadas a cabo por un equipo interdisciplinario del Ministerio y de la Dirección General de Minería (DGM) según la planeación anual establecida.

El Protocolo define el alcance de las fiscalizaciones integrales y continuas de las actividades mineras.

La fiscalización a las actividades se enfoca en analizar cinco componentes:

  • Desempeño técnico: monitorea los temas sobre la forma en que la empresa desarrollará sus actividades. Esto implica supervisión a la mina y a las plantas de proceso.
  • Seguridad e higiene industrial: verifica la seguridad de las operaciones en caso de desastres naturales, registro de accidentes laborales, alarmas en equipos, existencia de programas de capacitación en salud ocupacional y seguridad industrial.
  • Gestión ambiental: revisa la adecuada aplicación de normas de evaluación ambiental; control y monitoreo de emisiones de gases, polvos y ruidos y la existencia de manuales de operación segura. Ver más información en: Gestión Ambiental (https://eitirdmemgobdo.azurewebsites.net/gestion-ambiental/)
  • Aspectos económicos: analiza datos de costos de producción y administrativos, políticas de cooperación y ayuda social, políticas laborales para evaluar el efecto sobre el desarrollo de la calidad de vida y el bienestar del trabajador.
  • Aspectos sociales y comunitarios: verifica la existencia de registros de trabajadores en el sistema de seguridad social, la existencia de programas de capacitación técnica, instalaciones para higiene y aseo personal.

Ilustración 18: Fiscalización minera integral

El Protocolo ordena levantar actas de visita de campo y actas de fiscalización conteniendo los hallazgos e informaciones relevantes. Cuando los hallazgos involucren temas medioambientales, de seguridad laboral, o cualquier competencia de otra entidad gubernamental, la información será compartida con la entidad relevante.