Entidades recaudadoras

Las entidades de gobierno que intervienen en la recaudación de los impuestos son la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Dirección General de Aduanas (DGA); mientras el cobro de tasas por concepto de servicios y otras tarifas a la actividad minera las realizan el Ministerio de Energía y Minas (MEM), el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Dirección General de Minería (DGM) y la Dirección General de Bienes Nacionales para las concesiones que pertenecieron a la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (CORDE).

Mediante extracto de Acta No.11 2023, celebrada durante la 10ma reunión de 2023 de la Comisión Nacional para la Implementación de la Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas en fecha 10 de agosto de 2023, donde participaron los Comisionados del Sector Gobierno, Comisionados de las Industrias Extractivas, Comisionados de la Sociedad Civil, Comisionados suplentes asistentes, Secretaría Ejecutiva EITI RD e Invitados de MIMARENA, como parte de los insumos a incluir en los procedimientos pre acordados para la realización del Informe de Alcance y Materialidad del 5to Informe EITI RD, la Comisión decidió solicitar los flujos de pagos que recibieron los Gobiernos Locales de los años terminados el 31 de diciembre de 2021 y 2022.

Considerando que fueron enviados a confirmar fueron 26 gobiernos locales, de los cuales respondieron 4 y solo 3 reportaron fondos recaudados, lo cual representa menos del 1% de los ingresos total recaudados.

La entidad con mayor participación en las recaudaciones con ITBIS de 2021 y 2022 fue la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), recolectando el 85.22% del total de los ingresos proveniente de la industria minera en el 2021 y el 64.67% en el 2022. El Ministerio de Medio Ambiente recibe ingresos por las autorizaciones ambientales y por la Tarifa Ambiental por Uso Único. La Dirección General de Aduanas (DGA) recauda la regalía del 5% del valor FOB de los minerales exportados por las empresas que están regidas por el marco fiscal de la Ley núm. 146-71. Tanto el Ministerio de Energía y Minas (MEM) como la Dirección General de Minería (DGM) obtienen ingresos por concepto de las tasas cobradas por la prestación de servicios. En las recaudaciones del sector también se considera al Ministerio de Hacienda debido a los beneficios que recibiría en caso de que se distribuyeran dividendos por la tenencia de acciones, en nombre del Estado dominicano, en la empresa minera Falconbridge Dominicana S.A.