Marco institucional del sector extractivo dominicano

Ministerio de Energía y Minas (MEM)

El Ministerio de Energía y Minas (MEM) es el ente rector del sector extractivo y energético en República Dominicana. El MEM fue creado por la Ley núm. 100-13 del 30 de julio de 2013, y le corresponde la formulación, adopción, seguimiento, evaluación y control de las políticas, estrategias, planes generales, programas, proyectos y servicios relativos al sector energético y sus subsectores de energía eléctrica, energía renovable, energía nuclear y gas natural, y al sector de la minería. El sector minero se compone de las actividades de minería metálica, no metálica y minería artesanal y a pequeña escala (MAPE).

Para la gobernanza del sector extractivo, quedan adscritas al MEM las siguientes instituciones: la Dirección General de Minería (DGM), el Servicio Geológico Nacional (SGN), así como cualquier organismo descentralizado creado o de futura creación que pueda tener incidencia en el sector extractivo.

Dirección General de Minería (DGM): La Dirección General de Minería es una dependencia del Ministerio de Energía y Minas y fue creada mediante la Ley Minera núm. 146-71, en el año 1971, con la finalidad de promover el desarrollo del país y de salvaguardar el interés nacional en todo lo concerniente a la industria minero-metalúrgica. El rol de la institución es desarrollar el sector minero nacional a través de la aplicación de su marco normativo para generar riquezas, empleos, desarrollo económico y protección al medio ambiente en el país, recomendando el otorgamiento de concesiones mineras de exploración, explotación y plantas de beneficio a los concesionarios. Para la gestión del sector, el MEM supervisa y coordina con la DGM los trámites para el otorgamiento de concesiones de exploración y explotación, la fiscalización a las empresas mineras y la realización de otras tareas relativas a la producción de minerales.

Servicio Geológico Nacional (SGN): El Servicio Geológico Nacional (SGN) fue creado mediante la Ley 50-10 en el año 2010. Es la institución de gobierno responsable de producir información fiable sobre las características geológicas básicas del territorio nacional y de los procesos que condicionan su formación, para propiciar el uso responsable de los recursos naturales y brindar una infraestructura geológica confiable. El SGN apoya al MEM aportando los estudios y conocimientos necesarios para la correcta administración de los recursos geológicos del país.

A continuación, se describen las legislaciones que amparan las instituciones relacionadas con el sector:

Ley núm. 100-13 del 30 de julio del 2013, que crea el Ministerio de Energía y Minas (MEM), modificada por la Ley núm. 142-13 del 03 de octubre del 2013: Se crea el MEM como órgano dependiente del Poder Ejecutivo, encargado de la formulación y administración de la política energética y de minería metálica y no metálica. De acuerdo con esta ley, los siguientes organismos quedan bajo tutela del ministerio: Dirección General de Minería, Servicio Geológico Nacional, Comisión Nacional de Energía y Superintendencia de Electricidad.

Para la Ley núm. 100-13:

https://transparencia.mem.gob.do/wp-content/uploads/2018/10/Ley-No.-142-13-que-agrega-el-Articulo-24-a-la-Ley-No.100-13-que-crea-el-MEM.pdf

Conozca las funciones del MEM: https://www.mem.gob.do/index.php/sobre-nosotros/quienes-somos

Ley núm. 146-71 del 4 de junio de 1971, Ley Minera de la República Dominicana. La Ley Minera crea la Dirección General de Minería (DGM) como el órgano gubernamental de competencias técnico minero. La DGM, como dependencia del Ministerio de Energía y Minas, se encarga de participar en los procesos de otorgamiento y fiscalización de concesiones mineras; así como evaluar la disponibilidad comercial de recursos mineros en el país, entre otros.

Para la Ley núm. 146-71:

https://transparencia.mem.gob.do/wp-content/uploads/2018/10/Ley-No.-146-71-Ley-Minera-de-la-Rep%C3%BAblica-Dominicana.pdf

Conozca las funciones de la DGM:  https://www.mineria.gob.do/index.php/sobre-nosotros/quienes-somos

Ley núm. 50-10 del 18 de marzo de 2010 que crea el Servicio Geológico Nacional (SGN): Designa al Servicio Geológico Nacional como una entidad estatal autónoma y descentralizada, de carácter científico y de consulta, con la misión de producir, promover el conocimiento y conservar la información geológica básica del territorio nacional, en todas sus variables, identificando riesgos en poblaciones y bienes, así como eventos de aprovechamientos sostenibles de recursos.

Para la Ley núm. 50-10: http://sgn.gob.do/index.php/sobre-nosotros/marco-legal

Conozca las funciones del SGN: http://www.sgn.gob.do/index.php/sobre-nosotros/quienes-somos