Minería

Anteproyecto de Ley de Minería Nacional

El Ministerio de Energía y Minas se propuso, junto al Poder Ejecutivo, la elaboración de una propuesta de modificación a la Ley Minera de 1971, en respuesta a la necesidad de adecuar y actualizar el marco legal actual conforme la realidad socioeconómica y jurídica, las variaciones técnicas e institucionales que han surgido durante su vigencia y los intereses nacionales respecto a las actividades mineras dentro del territorio dominicano. El trabajo de elaboración del nuevo texto legal inició a finales de 2017. En el 2019 se sometió un Anteproyecto de Ley Minera que perimió en el Congreso Nacional. En el 2020 se presentó una nueva versión, la cual posteriormente fue retirada. El anteproyecto de modificación a la Ley minera fue remitido en el 2021 a la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo. Desde ahí, se ha iniciado un proceso abierto de consultas con los sectores de interés donde el ministerio se encuentra recibiendo la opinión de los actores. Luego de recibida las opiniones procede la remisión al Congreso Nacional por parte de la de la consultoría Jurídica del poder Ejecutivo. En el Poder Legislativo entrará a comisión para vistas públicas y opinión o modificación por parte de los legisladores. Luego procede la votación en dos lecturas del proyecto por ambas cámaras. Finalmente, la nueva ley es remitida al Poder Ejecutivo para su promulgación.

El Ministerio de Energía y Minas depositó en el año 2022 ante la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo el Anteproyecto de Ley que establece el marco regulatorio e institucional para la exploración, explotación y aprovechamiento de los hidrocarburos. Este proyecto se encuentra en fase de revisión antes de proceder a su socialización y las consultas públicas que ordena la Ley.

Anteproyecto de Ley queCrea el Sistema de Gestión del 5% establecido en la Ley núm. 64-00

El Ministerio de Energía y Minas está trabajando desde el 2019 en un proyecto para la gestión del 5% de los beneficios netos generados por la explotación de recursos naturales no renovables, establecido en el artículo 117 de la Ley núm. 64-00 de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Uno de los principios fundamentales en que se basará el sistema es que los yacimientos le pertenecen a toda la nación. En el anteproyecto de Ley minera indicado anteriormente, se presentó   la propuesta que crea el Sistema Nacional de Gestión de la Renta Estatal Minera (SINAGEREM).

Actualmente, el MEM está enriqueciendo el anteproyecto indicado, para lo cual ha trabajado con el Ministerio de Hacienda para establecer una estructura simplificada de captación de fondos, a fin de cumplir con la Ley núm. 64-00. Ambas instituciones trabajarán de manera conjunta con el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo y el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales para acordar la estructura y alcance del Sistema de Gestión del 5% de la Ley núm. 64-00, proceder a la redacción de la nueva versión del anteproyecto legislativo e iniciar el proceso de consultas con todas las partes interesadas.

El texto jurídico estará apegado a las mejores prácticas con respecto a la compensación a las personas más directamente afectadas y vulnerables alrededor del proyecto minero. El anteproyecto incluirá aspectos innovadores; tales como, la utilización del Estudio de Impacto Ambiental y el impacto social, una estructura de definición de proyectos utilizando técnicas participativas y definirá áreas que apoyen el desarrollo sostenible de las comunidades afectadas y del país.

Anteproyecto de Reglamento de Minería Artesanal

El Ministerio de Energía y Minas, de manera conjunta con la Dirección General de Minería, se encuentra en la etapa final de elaboración del Reglamento de Minería Artesanal. Esta iniciativa se mantiene a la espera de que sea aprobada  la propuesta de anteproyecto de Ley de Minería Nacional. La minería artesanal es una actividad que genera beneficio particular y a su vez crecimiento económico en las comunidades rurales donde se realiza, siendo de vital importancia la regulación para el desarrollo sostenible de las mismas. El reglamento tiene como objeto regular, fiscalizar, controlar y desarrollar la extracción de recursos minerales en forma artesanal en el territorio dominicano, bajo los principios de sostenibilidad, precaución, prevención y eficiencia. Aplicará para las siguientes sustancias minerales: ámbar, Larimar, oro aluvial, lajas y limolita, y podrá ser aplicado a otros minerales que pudiesen ser extraídos de forma artesanal.